Si tienes cualquier duda, sugerencia o colaboración: g1@laescocesa.org
Ayudas con fecha tope de presentación en junio
Apoyos económicos abiertos por instituciones dirigidos a agentes culturales en general para solventar la supervivencia durante la crisis. No se necesita la presentación de un proyecto pero en general sí requieren organización y entrega de documentos. A continuación numeramos priorizando en el orden, la proximidad de las fechas de cierre.
INGRESO MÍNIMO VITAL
Gobierno de España
CIERRE: 15 de junio de 2020
Descripción:
prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.
Dirigido a:
personas de entre 23 y 65 años que tengan residencia en España y que vivan solas o que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella.
SUBVENCIONES PARA PROYECTOS ARTÍSTICOS DE CARÁCTER PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LAS ARTES VISUALES.
Departament de Cultura (Generalitat de Catalunya) y OSIC.
CIERRE: 18 de junio
Descripción:
Son subvenciones para promover proyectos profesionales de formación, producción, exhibición y difusión vinculados al ámbito de las artes visuales.
Modalidades:
a) Apoyo a la organización de un programa de actividades de formación para profesionales y en la organización de actividades de dinamización y de iniciación a las artes visuales. Investigación, intercambio de experiencias profesionales, proyectos pedagógicos, programas de residencias, seminarios, talleres, entre otros.
b) Apoyo a la organización de actividades profesionales en formato de exposición, muestra, festival o similar.
c) Apoyo a proyectos de comunicación, archivos y plataformas digitales dedicados a la preservación, la documentación, catalogación y difusión, que supongan un impulso en la trayectoria del sector o del solicitante, en formato de publicación digital, web o cualquier otro vinculado a las nuevas tecnologías.
Dirigido a:
- Agrupaciones sin personalidad jurídica que se reúnen para proyectos conjuntos.
- Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de las artes visuales con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Cataluña que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de las artes visuales.
Dotación económica:
La cuantía de la subvención es de un máximo de 50.000€.
Comentarios:
No pueden acceder: entidades públicas ni entidades de cultura popular.
SUBVENCIONES PARA PROYECTOS ARTÍSTICOS QUE ARTICULEN LOS SECTORES PROFESIONALES EN LOS ÁMBITOS DE LAS ARTES ESCÉNICAS, LA MÚSICA Y LAS ARTES VISUALES
Departament de Cultura (Generalitat de Catalunya) y OSIC.
CIERRE: 18 de junio
Descripción:
promover proyectos de actividades que, con continuidad durante el año natural de la concesión de la subvención, apoyen a los sectores profesionales catalanes en los ámbitos de las artes escénicas, la música, las artes visuales y la librería.
Dirigido a:
a) Asociaciones profesionales altamente representativas de los sectores de las artes escénicas, de las artes visuales, de la música o de los libreros, que tengan domicilio en Cataluña.
b) Colegios profesionales de ámbito territorial catalán y colegios únicos de ámbito estatal con delegaciones de ámbito territorial catalán.
SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES
Departament de Cultura e Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC).
CIERRE: 25 de junio
Descripción:
apoyar proyectos audiovisuales, ya sean largometrajes cinematográficos de ficción, documentales o de animación, largometrajes televisivos de ficción, documentales para televisión, series de animación, series televisivas de ficción, series documentales o series web de ficción, en su fase de desarrollo.
Dirigido a:
Pueden optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registre d'Empreses Audiovisuals de Catalunya o en el registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en el Estado español.
No podrán ser destinatarias de las subvenciones previstas en estas bases las empresas productoras audiovisuales cuya participación en el proyecto sea financiera
Dotación económica:
ver bases para cuantía máxima.
SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DIFUSIÓN DE CINE EN VERSIÓN CATALANA, ORIGINAL, DOBLADA O SUBTITULADA, Y DE PRODUCCIÓN CATALANA, EN SALAS DE EXHIBICIÓN
Departament de Cultura e Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC).
CIERRE: 25 de junio
Descripción:
soporte a las salas de exhibición cinematográfica ubicadas en Cataluña que fomenten el consumo de largometrajes cinematográficos: en versión original catalana; en versión doblada al catalán; en versión original en lengua diferente del catalán y del castellano y subtitulada al catalán; de producción catalana en versión doblada, original o subtitulada, en lengua diferente del catalán.
Dirigido a:
Pueden optar a estas ayudas las empresas o entidades titulares de la explotación de salas de exhibición cinematográfica ubicadas en Cataluña y correspondientemente inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales gestionado por el ICAA (Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales) en la sección de exhibición cinematográfica o audiovisual, o las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.
Dotación económica:
ver bases para cuantía máxima.
SUBVENCIONES PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES CINEMATOGRÁFICOS
Departamento de Cultura e Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC).
PLAZO: 25 de junio
Descripción:
Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos de ficción.
a) Proyectos de autor y óperas delgadas o según largometrajes de un nuevo realizador.
b) Proyectos de autor con vocación de mercado.
c) Proyectos con alta capacidad de internacionalización.
Subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos documentales.
Dirigidas a:
Pueden optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico (AIE), que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, y con establecimiento operativo en el Estado español.
Dotación económica:
ver bases para cuantía máxima.
SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES
Departamento de Cultura e Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC).
PLAZO: 25 de junio
Descripción:
Apoyar a proyectos audiovisuales, ya sean largometrajes cinematográficos de ficción, documentales o de animación, largometrajes televisivos de ficción, documentales para televisión, series de animación, series televisivas de ficción, serías documentales o webseries de ficción, en su fase de desarrollo.
Dirigidas a:
Pueden optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas al Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o al Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en el Estado español.
No pueden ser destinatarias de las subvenciones previstas en estas bases las empresas productoras audiovisuales la participación en el proyecto de las cuales sea financiera.
Dotación económica:
ver bases para cuantía máxima.
SUBVENCIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE OBRAS AUDIOVISUALES DE ANIMACIÓN
Departament de Cultura e Institut Català de les Empreses Culturals
CIERRE: 16 de junio
Descripción:
subvencionar la producción de proyectos de obras audiovisuales de animación.
Dirigido a:
podrán optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico (AIE), que estén inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en el Estado español.
SUBVENCIONES PARA LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES CINEMATOGRÁFICOS
Departament de Cultura e Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC)
CIERRE: 16 de junio
Descripción:
concesión de subvenciones para la producción de cortometrajes cinematográficos
Dirigido a:
podrán optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo en el Estado español.
SUBVENCIONES PARA LA PRODUCCIÓN DE OBRAS AUDIOVISUALES DESTINADAS A SER EMITIDAS POR TELEVISIÓN
Departament de Cultura e Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC).
CIERRE: 16 de junio
Descripción:
subvenciones para la producción de largometrajes televisivos de ficción y documentales destinados a ser emitidos en televisión.
Dirigido a:
podrán optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo en el Estado español.
SUBVENCIONES PARA PROYECTOS ARTÍSTICOS DE CARÁCTER PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LAS ARTES VISUALES.
Departament de Cultura (Generalitat de Catalunya) y OSIC.
CIERRE: 18 de junio
Descripción:
Son subvenciones para promover proyectos profesionales de formación, producción, exhibición y difusión vinculados al ámbito de las artes visuales.
Modalidades:
a) Apoyo a la organización de un programa de actividades de formación para profesionales y en la organización de actividades de dinamización y de iniciación a las artes visuales. Investigación, intercambio de experiencias profesionales, proyectos pedagógicos, programas de residencias, seminarios, talleres, entre otros.
b) Apoyo a la organización de actividades profesionales en formato de exposición, muestra, festival o similar.
c) Apoyo a proyectos de comunicación, archivos y plataformas digitales dedicados a la preservación, la documentación, catalogación y difusión, que supongan un impulso en la trayectoria del sector o del solicitante, en formato de publicación digital, web o cualquier otro vinculado a las nuevas tecnologías.
Dirigido a:
- Agrupaciones sin personalidad jurídica que se reúnen para proyectos conjuntos.
- Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de las artes visuales con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Cataluña que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de las artes visuales.
Dotación económica: La cuantía de la subvención es de un máximo de 50.000€.
APLAZAMIENTO EN EL PAGO DE COTIZACIONES
Hacienda - Agencia Estatal de Administración Tributaria
CIERRE: Solicitar desde el día 1 al día 10 de junio, la moratoria de 6 meses, sin interés, en el pago de la cuota correspondiente al mes de junio, o, en su defecto, el aplazamiento de las cuotas de dicho mes de junio.
Comentarios:
Puede acogerse a la moratoria para un mes, varios meses o todos los previstos en el Real Decreto-ley 11/2020.
Es necesario tributar en España, disponer de DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN.
Si tienes cualquier duda, sugerencia o colaboración: g1@laescocesa.org